Preguntas frecuentes sobre la Reforma Laboral en Colombia

  • septiembre 4 2025
  • Liliana Torres

La reforma laboral es un tema que toca de frente a trabajadores y empleadores en todo el país. No es solo una nueva ley: es un cambio que afecta la manera en que vivimos y trabajamos día a día. 

Hace poco realizamos una capacitación en la que analizamos las novedades de la reforma y, sobre todo, respondimos inquietudes de quienes participaron. Durante la conversación surgieron varias preguntas que se repiten con frecuencia, y aquí reunimos las principales con sus respuestas, para que tengas la información clara y práctica a la hora de tomar decisiones.

¿Si un trabajador descansa en un día distinto al domingo, debo pagarle recargo por trabajar ese día?

No. Si el descanso pactado es, por ejemplo, el martes, y ese es su día libre oficial, no aplica recargo por trabajar en domingo. Pero si labora en su día de descanso acordado, sí corresponde el recargo del 80% adicional.

¿Los permisos para acompañar a un hijo a tratamientos médicos son remunerados?

Depende del caso. La empresa debe evaluar si corresponde reconocerlo como licencia remunerada por calamidad doméstica. Además, la ley contempla jornadas flexibles para quienes requieran permisos frecuentes.

¿Las licencias de la nueva ley son remuneradas?

Sí. Cuando la ley establece licencias, estas deben pagarse. Esto lo respalda el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

¿Por qué se debe pagar ARL a los aprendices en etapa lectiva?

Porque así lo exige la norma. La afiliación a la ARL es obligatoria y la tarifa de riesgo se define según la actividad económica de la empresa.

El día de la bicicleta, ¿es anual o semestral?

Es un (1) día de licencia remunerada por semestre para quienes usan la bici como medio de transporte.

¿Cuántas horas extras máximas puede trabajar un empleado?

La reforma no cambió este punto: siguen siendo máximo 2 horas extras diarias y 12 horas extras semanales.

¿Qué pasa con contratos superiores a 1 año y 4 meses?

Los contratos a término fijo pueden durar hasta 4 años. Superado ese tiempo, se convierten automáticamente en contratos a término indefinido. Esta regla aplica para todos los contratos vigentes al 25 de junio de 2025.

¿La empresa puede reducir la hora de almuerzo para acortar la jornada laboral?

No. El artículo 167 del CST exige dividir la jornada en al menos dos secciones, con un descanso razonable que no se cuenta como parte de la jornada.

¿Ahora se debe avisar con 30 días la terminación de un contrato?

Sí. El empleador debe notificar con al menos 30 días de anticipación la terminación de un contrato a término fijo.

Si no completo las 44 horas semanales, ¿igual tengo derecho al Día de la Familia?

No. Si la empresa ya implementó la jornada de 42 horas semanales (según la Ley 2101 de 2021), este beneficio deja de aplicar. 

Conclusión 

La reforma laboral no es un simple ajuste normativo: es un cambio que transforma la manera en que se gestionan las relaciones de trabajo. Resolver dudas específicas es fundamental para cumplir la norma y evitar errores en su aplicación. 

En Globalgaap creemos que la mejor forma de adaptarse es con información clara y capacitación constante. 

📅 Próximo evento: Este 9 de septiembre a las 10:00 a.m. realizaremos un webinar exclusivo sobre la Reforma Laboral y sus impactos en las organizaciones. 

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